miércoles, julio 26, 2006

Los Impuestos en Chile


En Chile tenemos fundamentalmente dos tipos de gravámenes: los Impuestos Directos e Indirectos.
Los Impuestos Directos son aquellos que se imponen directamente a individuos o a empresas, como los impuestos sobre la renta, entre otros.
Este grupo contrasta con los Impuestos Indirectos que se imponen sobre determinados bienes y, por lo tanto, sólo indirectamente sobre los individuos y comprenden los impuestos sobre las ventas (IVA) y los impuestos sobre la propiedad, el alcohol, cigarrillos, las importaciones y la gasolina.

IVA

El Impuesto al Valor Agregado (IVA), afecta a las ventas de aquellos bienes y servicios ‘‘definidos por la ley del ramo’’. Seguramente es el impuesto con el que usted está más familiarizado, y es que justamente es aquél que usted paga cada vez que compra cualquier producto en el comercio.
En el caso que usted sea comerciante, ya sabe que deberá guardar ese 19% de cada boleta por producto vendido, para después entregarle ese dinero a la Tesorería General de la República. Claro que este organismo no sólo recibirá y usted no sólo entregará, ya que las boletas que usted tiene en su poder y que son el producto de lo que compró es lo que finalmente le devolverá el fisco.

Impuestos a la renta

Dentro de los impuestos a la renta, destacan el de Primera y Segunda Categoría, más un impuesto Global Complementario, los cuales se ubican en la segunda posición de los impuestos que más aportan al fisco.

Impuesto a la Renta de Primera Categoría, es un gravamen proporcional, que grava con un 17% las rentas provenientes del capital obtenido por las empresas, ya sea comerciales, industriales, mineras, etc., y demás personas que obtengan rentas de capital en el desarrollo de actividades productivas o de servicios.

Este impuesto normalmente se aplica sobre la base de las utilidades percibidas y, también, sobre aquellas devengadas (ganancias aún no percibidas efectivamente), como, por ejemplo, las ventas a plazo, en el momento en que una empresa declara su renta efectiva mediante contabilidad completa.

Constituyen una excepción, sin embargo, los contribuyentes de los sectores agrícola, minero y transporte, que pueden tributar de acuerdo a la renta presunta, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la Ley de la Renta.

Pero, por qué este impuesto es de ‘‘Primera Categoría’’. Básicamente, porque el sistema tributario chileno necesitaba definir qué impuesto correspondía pagar, dependiendo de si el factor predominante en la obtención de la renta fuera el capital o el trabajo.

Cuánto impuesto pagar

El Servicio de Impuesto Internos ha formulado una serie de tablas donde se establecen los tramos (o rangos) de ingresos para determinar el Impuesto Único del Trabajo (o de Segunda Categoría) y el Impuesto Global Complementario, según sea el caso. Los tramos fijados parten desde un monto exento (donde no se pagan impuesto) para aumentando gradualmente desde un 5% a un 40%.
Para determinar el impuesto al trabajo (mensual), los tramos aparecen expresados en Unidades Tributarias Mensuales o UTM. En cambio para determinar el Impuesto Global Complementario, que se paga una vez al año los tramos aparece en Unidades Tributarias Anuales.
Es necesario tener en cuenta que en la práctica nuca se tributa por la tasa que corresponde al tramo, ya que la ley contempla para cada uno de estos una cantidad que debe ser rebajada.

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